PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

Linea 1

La línea de Proyectos de Investigación y Desarrollo tiene como objetivo promover propuestas de generación de conocimiento original o innovativo de carácter científico y tecnológico, sobre los ejes rectores definidos por la Provincia de Córdoba en el Marco del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación 2030.

Esta Convocatoria está dirigida a grupos de investigación integrados por
investigadores/as formados/as y activos/as e investigadores/as en formación y que
desarrollan sus actividades en sedes de instituciones públicas y/o privadas en la Provincia
de Córdoba (universidades, institutos de investigación y organismos no gubernamentales).
Los grupos de investigación deberán tener una integración básica constituida por un
mínimo de 3 investigadores/as y un máximo de hasta 15 personas. Podrán participar en
dicho grupo un/a director/a, uno/a codirector/a, investigadores/as en formación
(becarios/as, tesistas, técnicos/as), estudiantes y colaboradores de otras instituciones.
Todos/as los/as integrantes deberán adjuntar su CV en la postulación a la presente
Convocatoria.
El/la Director/a deberá ser un investigador/a formado/a y activo/a, o con méritos
equivalentes, y con un vínculo de relación de dependencia o contractual con la institución a
la que pertenece equivalente al menos a una dedicación semi exclusiva (20 horas). El mérito
equivalente del investigador/a, si correspondiere, deberá ser certificado mediante nota a
criterio del/a Secretario/a de Ciencia y Tecnología de la institución a la que pertenece el
grupo de investigación o autoridad con rango equivalente y será establecido en virtud de sus
antecedentes para realizar la función específica a la cual se postula. En todos los casos
el/la directora/a de Proyecto y el/la codirector/a deberá acreditar una dedicación al proyecto
según el cargo o posición institucional que reviste. En todos los casos deberá designarse
una persona a cargo de la codirección para cumplir las funciones del/la Director/a cuando
éste/ésta deba ausentarse por razones fundadas, transitorias y con previo aviso y/o fuerza
mayor. En ningún caso el/la director/a podrá delegar las funciones de administración de los
fondos y rendición de cuentas.
Los/las empleados/as de la Administración Pública Provincial sólo podrán aplicar a
la presente Convocatoria como Directores/as y Co-Directores/as si reúnen los requisitos
expresados precedentemente y se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
forman parte de otras instituciones no dependiente del Gobierno Provincial en las que estará
anclado el proyecto, dependen de la Universidad Provincial de Córdoba, del CEPROCOR, o
cuya postulación esté avalada por la máxima autoridad de la Repartición (Ministro/a,
Secretario/a o equivalente o superior).

Podrán presentarse proyectos de investigación científica y tecnológica que tengan
relación con los ejes rectores definidos por la Provincia de Córdoba en el marco del Plan
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Los proyectos deben ser propuestas de generación de conocimiento original y/o
innovador, científico y/o tecnológico, con objetivos definidos que incluyan una explícita
metodología de trabajo y conduzcan a productos y resultados verificables y evaluables y en
principio, destinados al dominio público.
Esta línea priorizará:
– Proyectos en los que el conocimiento se desarrolle en un marco de inclusión, con
participación de género paritaria;
– Proyectos que planteen equipos de trabajo multidisciplinarios, con enfoque
interdisciplinar desde el conocimiento y las tecnologías, teniendo en cuenta el
impacto de la investigación en la sociedad y en el sector productivo;
– Proyectos que cuenten con avales de organizaciones, públicas o privadas,
interesadas en los resultados generados o por generarse en la investigación;
– Proyectos orientados a la obtención de resultados innovadores precompetitivos, de
alto impacto social y transferibles a sectores productivos y sociales.

En esta línea se subsidiarán con montos de hasta PESOS ARGENTINOS DOS
MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000) proyectos de hasta 18 meses de duración.
El pago del subsidio se efectivizará al inicio de la ejecución y se realizará en un único
desembolso a el/la director/a del proyecto a su cuenta bancaria informada en la plataforma
Ciudadano Digital (CIDI). Al momento del desembolso deberá encontrarse en situación
Regular ante la Dirección General de Rentas de la Provincia de Córdoba.

GASTOS ADMISIBLES:
    • Bienes y Servicios:

      • Artículos, materiales y útiles diversos (informática, papelería, otros);

      • Combustibles (hasta un máximo del 15% del presupuesto);

      • Drogas para análisis;

      • Material de vidrio;

      • Animales para ensayos experimentales;

      • Honorarios por servicios profesionales (se podrán incluir fletes de equipos);

      • Inscripciones, gastos de pasajes, alojamiento y comida para trabajos de campo, estadías o eventos científico-técnicos (Congresos, Simposios, Jornadas) directamente relacionados con la temática a abordar en la investigación y desarrollados en el territorio nacional. No se financiarán pasajes de profesores/as o investigadores/as del exterior, desde y hacia sus lugares de origen; sí podrán financiarse gastos de alojamiento y comida en el territorio provincial y nacional (hasta un máximo del 30% del presupuesto);

      • Franqueo;

      • Servicios externos y comerciales;

      • Mantenimiento de equipos (laboratorio, cómputos);

      • Otros afines a la investigación.

    • Bienes de Capital:

      • Equipamiento (hasta un máximo del 80% del presupuesto);

      • Instrumental científico;

      • Libros;

      • Programas de computación;

      • Otros afines a la investigación.

 

IMPORTANTE:

– El presupuesto debe estar debidamente justificado y ser afín a los objetivos del proyecto.

– Todos los Bienes de Capital adquiridos con los fondos del subsidio, deberán ser donados a la Institución donde se encuentre radicado el grupo de investigación (esto es: facultad, universidad, centro de investigación). La nota de donación firmada por autoridades de la institución receptora debe adjuntarse al informe académico final.

– Para compras y contrataciones que superen el millón de pesos argentinos ($1.000.000,00) se deberán incorporar al proyecto al menos tres (3) presupuestos de distintos proveedores. En caso de no poder presentar alguno de los tres presupuestos solicitados, se deberá presentar una nota justificando el motivo. Dichos presupuestos deberán ser oficiales y cumplir con las disposiciones vigentes de AFIP.

– En el caso de consultorías y servicios a contratar se deberá detallar honorarios del profesional a contratar, las actividades a desarrollar, carga horaria asignada a las distintas tareas previstas, costo de la hora y costo total presupuestado. Los presupuestos, independientemente del monto presupuestado, deben presentarse en original y con la firma del/los profesional/es interviniente/s.

– La Secretaría de Ciencia y Tecnología podrá modificar los montos a asignar de acuerdo a razones presupuestarias y/o a sugerencias de las Comisiones Evaluadoras a los fines de optimizar los resultados del programa y la asignación de recursos.